LEY DE EDUCACIÓN DE CANARIAS:
Primer Ciclo:
Ambas leyes recogen casi los mismos principios, contenidos y objetivos, aunque con algunos matices y diferencias.
La ley Andaluza es más amplia que la Canaria, además en el primer ciclo en la ley Andaluza ya se hace referencia al inicio del uso oral de una lengua extranjera, cosa que no se contempla en la Canaria.
La ley Andaluza se extiende bastante en relación al inicio de la lectura y escritura, en cambio en la de Canarias hace una pequeña mención cuando dice que se tomará contacto con textos escritos.
En cuanto al segundo ciclo de educación infantil, hemos tenido que buscar otro enlace diferente al que ellos dejaron puesto que no vienen los diferentes bloques para poder hacer el análisis comparativo, lo que he podido encontrar en la red tampoco me ha sido de mucha utilidad puesto que habla en general y no se detiene a hacer un análisis detallado como si se hace en la Ley de Andalucia.
LEY DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD VALENCIANA:
- En la Ley de la Comunida Valenciana, hacemos un análisis mas detallado con un cuadro comparativo el cuál podemos ver en el siguiente enlace:
http://www.docv.gva.es/datos/2008/04/03/pdf/2008_3829.pdf
Es muy similar a la ley de Andalucía. Sacamos como conclusión ,según nuestras opiniones ,que la ley más completa es la andaluza.
En la Ley de Cataluña Decreto 181/2008 podemos diferenciar lo siguiente:
No aparecen objetivos ni contenidos de cada área como tales. Solo aparecen los objetivos generales del segundo ciclo, ya que en la ley que hemos encontrado, solo tiene el segundo ciclo.
Las áreas son diferentes, en Cataluña son:
-Conocimiento de uno mismo y de los otros.
-Conocimiento del entorno.
-Comunicación y lenguajes.
Y en Andalucía es:
-Conocimiento de sí mismo y autonomía personal
-Conocimiento del entorno
-Lenguajes: comunicación y representación
Las áreas aparecen esquematizadas y con distintos contenidos, como la lateralidad, en la BOJA aparece de forma más globalizada.
En comunicación y lenguajes, aparece todo junto, no se divide en como en la BOJA en bloques:
- Bloque 1: Lenguaje corporal
-Bloque 2: Lenguaje verbal
escuchar, hablar, conversar (algo que sí aparece en la ley de Cataluña)
aproximación a la lengua escrita
-Bloque 3: Lenguaje artístico
-Lenguaje musical o plástico
-Lenguaje audiovisual y las tecnologías de la información y comunicación
No hay atención a la diversidad ni orientaciones metodológicas.
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